Home
Dinero
  Bienes Raíces
  Inmigración
  Negocios
  Turismo
  Literatura
  Entrevistas
  Inversiones en Latinoamérica
  Glosario
  Empleos
  Quiénes somos
/Suscripciones

---------------

Otros websites de interés

English 
 


Desea publicar sus art
ículos en ElInversionista.tv? Escriba a
AngélicaVelásquez:
Contacto

 
Fundación promocionada por ElInversionista

Si usted tiene una fundación y la quiere promover con ElInversionista Contáctenos
Este servicio es sin costo

 

 

Últimas noticias sobre certificación laboral y residencia

ITIPress.org - Sergio C. Sverdlik, Immigration Law Offices Of James P. Gagel

Como es de público conocimiento, se encuentran un poco atrasados todos aquellos procesos a través de los cuales una persona intenta obtener su residencia permanente mediante un Certificado Laboral u oferta de empleo.

Es decir, la parte del proceso transcurrida en el Departamento del Trabajo, a fin de obtener la aprobación del Certificado Laboral, está funcionando muy bien con el nuevo sistema denominado PERM; sin embargo, la segunda parte del caso que se lleva a cabo ante Inmigración para solicitar la residencia permanente, se encuentra bastante lenta. Todos estos casos no serán adjudicados hasta que la fecha de prioridad esté en curso.

La fecha de prioridad es la fecha en la cual el caso fue registrado ante el Departamento del Trabajo. Si por ejemplo un caso de certificación laboral fue presentado en febrero de 2004, entonces usted deberá esperar hasta que esa fecha esté al corriente para solicitar su residencia.

Durante todo ese tiempo, el peticionario debe mantener actualizado su estado legal de no-inmigrante, con excepción de aquellas personas que ya pudieron registrar su I-485. Es decir, no deben quedarse ILEGALES a menos que posean alguna clase de petición (ya sea familiar o de trabajo), presentada con anterioridad al 30 de abril de 2001, que es la fecha en la que se cerró la última puerta de la conocida Ley 245i, la cual le permite a todos los ilegales o indocumentados legalizar su estatus en este país, mediante el pago de una multa.

Entre más rápido pueda presentar la petición de su PERM, más rápidamente obtendrá su fecha de prioridad, y entonces cuando solicite el I-140 usted habrá protegido su oferta de trabajo y su residencia. Adicionalmente el hecho de tener su caso de PERM iniciado con al menos un año de antigüedad, le permitirá renovar su visa de trabajo año tras año hasta que la fecha de prioridad esté al corriente y se encuentre en condiciones de solicitar la residencia permanente sin haber perdido su estatus inmigratorio.

Existen algunas estrategias o alternativas que un buen Abogado de Inmigración conoce y puede utilizar para obtener la clasificación de su oferta de trabajo en la categoría de “Advanced Degree”, lo cual significa que usted tiene un Master o un grado universitario, o el equivalente a un titulo universitario, más otros 5 años y así entonces, en esta categoría no hay espera o fila para solicitar la residencia, es decir que hay cupos suficientes. Este título profesional puede haber sido obtenido desde una institución americana o bien en su país de origen.

Sin embargo, toda persona requiere una consulta particular sobre su caso, pues cada uno es diferente y requiere tiempo de análisis. No obstante, si usted reúne estos estándares, AÚN HAY NÚMEROS DISPONIBLES. Se calcula que ésta categoría será retirada en junio de 2006, razón por la cual se debe solicitar lo más pronto posible. 

Visa L-1 y certificación laboral

Tengo una Visa L-1 y la empresa a la que fui transferido quiere aplicar para mi residencia. Necesito una Certificación Laboral?

Rta: Una persona que se encuentra con una visa del tipo L-1, califica para una categoría especial de residencia la cual se conoce como EB1 Multinational Executive or Manager. Esta categoría no requiere de un certificado laboral, por lo que el proceso a fin de obtener la residencia permanente es bastante rápido, pues una vez que se presenta la petición a los 60 días aproximadamente la persona (su esposa e hijos) obtienen sus permisos de trabajo y de viaje y en aproximadamente 6 meses reciben su tarjeta de residente.

Sergio C. Sverdlik
Immigration Law Offices
Of James P. Gagel
150 Alhambra Cir, Ste 1270
Coral Gables, FL, 33134
Tel: 305-444-7775
Cel: 786-280-9920
sergio@jgagel.com

Envíe sus preguntas a Sergio@TheInvestor.tv o a Advise@TheInvestor.tv

“Cuando usted se encuentre en el valle, mantenga firmemente sus metas y se sentirá nuevamente renovado y con energía para continuar hasta la cima" - 
Denis Waitley  (Experto en desarrollo personal) 

 

Contáctenos - Publicidad

*para abrir documentos en PDF usted necesita tener el Adobe Acrobat Reader. Puede bajarlo grátis:
Get Acrobat Reader

Condiciones del servicio
Copyright © 2001-2008 ElInversionista.tv
by IdeasToImprove